Oficina Antifrau
de Catalunya
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El 11.04.2022 una persona solicita acceder a dos informes emitidos por la Oficina y remitidos al ente público correspondiente en el marco de unas actuaciones de investigación, y también las respuestas de este ente público.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso nº 07/2022 (1) en que se resuelve, por un lado, el derecho a acceder a uno de los informes razonados y la respuesta del ente afectado y denegar el acceso a la documentación anexada en la respuesta, con la previa anonimización de las partes sujetas a limitaciones derivadas de la normativa de protección de datos personales; por otra parte, se deniega el acceso al otro informe razonado porque todavía no se ha adoptado un posicionamiento definitivo por parte de la Oficina, habida cuenta de que no se ha recibido la respuesta del ente afectado y se podrían derivar determinadas responsabilidades con relación a estas actuaciones (limitación del artículo 23 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre).