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Consorci de la Administració Oberta de Catalunya En este proyecto la Oficina cuenta con la colaboración del Consorci Administració Oberta de Catalunya (AOC) que presta soporte en los trámites y gestiones electrónicas, a partir del e-TRAM, módulo de gestión de solicitudes y tràmites por internet integrado en la plataforma del Consorci AOC.

Canal interno de comunicaciones

La Oficina Antifraude de Cataluña crea su canal interno de comunicaciones con la voluntad de recibir comunicaciones sobre indicios de infracciones de la normativa o conductas contrarias al código ético producidas en el seno de Antifraude o de las personas que se relacionan con ellas y de esta forma contribuir a la construcción de una cultura ética de la institución. Así, el canal interno de la Oficina Antifraude, se convierte en el canal mediante el cual se pueden comunicar de forma anónima y segura infracciones normativas o del Código ético y de conducta del personal al servicio de Antifraude o de terceras personas que se relacionen .

¿Quién puede informar a través del canal interno de comunicaciones?

Con la puesta en marcha de este canal de comunicación, todas las personas que trabajan en la Oficina Antifraude o se relacionan en un contexto laboral o profesional, de forma estable o temporal, pueden informar en caso de indicios de infracciones o conductas contrarias al interés público. Por tanto, también puede informar a cualquier persona que desarrolle alguna función o tarea en nombre de la Oficina Antifraude, en virtud de un contrato, un convenio, una designa o cualquier otro instrumento legal adecuado. La información aportada será estudiada y se continuará indagando con total reserva y confidencialidad, con el doble objetivo de proteger a la persona alertadora de cualquier represalia potencial y no estropear la reputación de las personas afectadas hasta que las pesquisas llevadas a cabo permitan esclarecer los hechos.

¿Qué es el Canal interno de comunicaciones?

Se trata de un canal interno de comunicaciones para alertar, de forma anónima y segura, de infracciones de la normativa o de conductas contrarias al Código ético que ya se han cometido, otras que no se han materializado pero que mucho probablemente lo hagan, de actos u omisiones que la persona tenga motivos razonables para considerar infracciones o bien intentos de ocultar infracciones. La prontitud en la alerta debe permitir reconducir las conductas impropias detectadas, revisar las decisiones y los actos administrativos afectados por las infracciones que se hayan cometido y exigir responsabilidades.

¿Cómo puedo informar a través del canal interno de comunicaciones?

Debe presentar su comunicación siguiendo el enlace que encontrará en el botón al final de este texto. Una vez se encuentre en el Canal interno de alertas e inicie el trámite de comunicación deberá escribir una breve descripción de los hechos. Puede aportar archivos aunque no se requiere que se aporten pruebas concluyentes si se plantean dudas razonables o sospechas fundamentadas.

Una vez presentada la comunicación, obtendrá un acuse de recepción del envío que incorpora un código alfanumérico de acceso a un canal de comunicación de carácter confidencial. El código es la única forma de acceder a este canal y mantener la colaboración con quien lo gestiona en la comprobación de los hechos y conocer el estado de tramitación de la comunicación.


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