Oficina Antifrau
de Catalunya
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En fecha 15.11.2021 una persona solicitante, que ya había solicitado información con carácter previo (19/2021), solicita el acceso a determinados documentos de unas actuaciones previas de verosimilitud.
Resolució del director de l’Oficina Antifrau de Catalunya relativa a la sol·licitud d’accés núm.29/2021, d’accés parcial a la sol·licitud. Es determina l’accés a la documentació esmentada, a excepció de la documentació que pot identificar de manera directa o indirecta la persona alertadora (denúncia, requeriments, etc.) i s’aplica la pseudonimització als continguts que poguessin contenir dades personals i altres informacions que s’haguessin de protegir.
En fecha 01.10.2021 una persona solicitante (concejala de un Ayuntamiento y consejera en un Consejo Comarcal de Cataluña) pide conocer si se han tramitado o se estarían tramitando, por parte de la Oficina Antifraude de Cataluña, actuaciones de investigación que afectarían a un Consejo Comarcal. Por otra parte, la persona solicitante pide tener acceso a dichas actuaciones en caso de confirmarse su existencia.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso núm. 19/2021, de estimación parcial de la solicitud. Se proporciona determinada información solicitada y se aplican determinados límites para salvaguardar la eficacia de las funciones de supervisión y control propias de la OAC dado que las actuaciones se encuentran actualmente en curso. Se determina también la protección de datos que tienen la consideración de especialmente sensibles.
En fecha 23.06.2021 una persona (periodista) solicita la confirmación de que se ha presentado una denuncia ante la OAC.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso a la información núm. 17/2021, denegatoria de la solicitud. A pesar del especial interés (y condición) de la persona en acceder a determinada información, es necesario aplicar determinados límites para preservar la confidencialidad de las actuaciones que la OAC lleva a cabo porque la entrega de la información puede causar un perjuicio a la persona o entidad investigada y poner en peligro la eficacia del procedimiento jurisdiccional o administrativo que pudiera iniciarse a consecuencia de las actuaciones de la OAC.
En fecha 04.06.2021, una persona (concejala de un Ayuntamiento) pide acceso a determinada documentación que integra unas actuaciones de investigación llevadas a cabo por la OAC; también solicita información sobre el estado del expediente y posibles acciones posteriores; finalmente solicita, de forma genérica, cualquier otra información a la que pueda tener derecho a acceder relacionada con las actuaciones correspondientes.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso núm. 16/2021, de estimación parcial de la solicitud. Se considera que la entrega de la información (que se hace por razón de las funciones de la persona solicitante) no es susceptible de perjudicar eventuales procedimientos que pudieran instruirse por parte de otras instituciones con posterioridad a la actuación de la Oficina. Sin embargo, se determina la protección de determinados datos personales y algunas informaciones que están sujetas a límites.
En fecha 11.05.2021, una persona (periodista) solicita acceso a determinada información relativa a unas actuaciones de investigación llevadas a cabo por la OAC.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso a la información núm. 14/2021, denegatoria de la solicitud. A pesar del especial interés (y condición) de la persona en acceder a determinada información, es necesario aplicar determinados límites para salvaguardar la eficacia de las funciones de supervisión y de control propias de la OAC dado que las actuaciones se encuentran actualmente en curso.