Oficina Antifrau
de Catalunya
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Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso a la información núm. 17/2021, denegatoria de la solicitud. A pesar del especial interés (y condición) de la persona en acceder a determinada información, es necesario aplicar determinados límites para preservar la confidencialidad de las actuaciones que la OAC lleva a cabo porque la entrega de la información puede causar un perjuicio a la persona o entidad investigada y poner en peligro la eficacia del procedimiento jurisdiccional o administrativo que pudiera iniciarse a consecuencia de las actuaciones de la OAC.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso núm. 19/2021, de estimación parcial de la solicitud. Se proporciona determinada información solicitada y se aplican determinados límites para salvaguardar la eficacia de las funciones de supervisión y control propias de la OAC dado que las actuaciones se encuentran actualmente en curso. Se determina también la protección de datos que tienen la consideración de especialmente sensibles.
Resolució del director de l’Oficina Antifrau de Catalunya relativa a la sol·licitud d’accés núm.29/2021, d’accés parcial a la sol·licitud. Es determina l’accés a la documentació esmentada, a excepció de la documentació que pot identificar de manera directa o indirecta la persona alertadora (denúncia, requeriments, etc.) i s’aplica la pseudonimització als continguts que poguessin contenir dades personals i altres informacions que s’haguessin de protegir.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso núm. 30/2021, de acceso parcial, en el que se resuelve dar acceso a la Resolución solicitada, ocultando determinadas informaciones relativas a la persona denunciante y la identidad y contenido de las personas entrevistadas en el marco de las actuaciones de investigación de la Oficina.