Oficina Antifrau
de Catalunya
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Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña, de 5 de marzo, relativa a la solicitud de acceso a la información pública núm. 2/2020 denegatoria por aplicación de un límite legal al derecho de acceso de la persona solicitante dado que las actuaciones de investigación no están concluidas.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña de 08.05.2020 relativa a la solicitud de acceso a la información pública núm.5/2020 denegatoria del acceso por la aplicación de diversas limitaciones: la protección de las personas alertadoras y de su identidad, confidencialidad de las actuaciones de investigación; finalmente las actuaciones no se pueden considerar concluidas y por tanto, Antifrau no ha llegado a un posicionamiento definitivo.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña de 30.06.2020 relativa a la solicitud de acceso a la información pública 8/2020 denegatoria del acceso por aplicación de diversas limitaciones, tales como la reserva máxima en la tramitación de las actuaciones de investigación y deber de secreto de sus miembros y el perjuicio para la investigación o sanción de determinadas.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña de 26.6.2020, relativa a la solicitud de acceso a la información pública 9/2020 denegatoria por aplicación de determinados límites al derecho de acceso: reserva máxima en la tramitación de las actuaciones de investigación y deber de secreto de sus miembros, limitaciones relativas a perjuicios para la investigación o sanción de determinadas infracciones sin perjuicio del deber de colaboración con la autoridad judicial.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso a la información pública núm. 10/2020 denegatoria del acceso por aplicación de determinados límites al derecho de acceso: reserva máxima en la tramitación de las actuaciones de investigación y deber de secreto de sus miembros, limitaciones relativas a perjuicios para la investigación o sanción de determinadas infracciones; Antifraude aún continúa su labor de examen y por tanto aún no se ha llegado a un posicionamiento definitivo en relación con las actuaciones iniciadas.
Resolución del director de la Oficina Antifraude de Cataluña relativa a la solicitud de acceso a la información pública núm. 13/2020 denegatoria parcial por aplicación de determinados límites: art. 19 de la Ley 14/2008, de 5 de noviembre de la Oficina Antifraude de Cataluña en relación con los antecedentes recogidos por Antifraude en el ámbito de actuación que le es propio deben ser entregados a la autoridad competente para iniciar, si procede, los procedimientos administrativos de carácter sancionador o las actuaciones penales correspondientes.